Camilo Sesto

Música, IFPI Chile, el artículo 85U y bienes de consumo

El 20 de junio del presente año llegó a mi correo un mail de título directo y terrorífico: “$11 mil millones de pesos pierde el Fisco por descargas ilegales de música – Nueva campaña IFPI”. Sí, quizás es más terrorífico por su redacción que por otra cosa, pero en aquel minuto fue su contenido lo que me llamó la atención. “La Asociación de Productores Fonográficos de Chile (IFPI Chile, de aquí en adelante) comienza hoy una nueva campaña en apoyo de la Ley de Propiedad Intelectual. La cruzada (sí, decía “cruzada”) busca disminuir la cantidad de descargas ilícitas de música, educando a los usuarios de internet sobre los programas disponibles de descargas legales en el país y los riesgos en que incurren con sus equipos al utilizar estas plataformas de descarga”, rezaba.